Las frutas, hortalizas y otros productos frescos se deben someter a análisis de laboratorio relacionados con la seguridad alimentaria para demostrar que cumplen las estrictas normas vigentes en el mercado en relación a limites maximos de residuos de pesticidas, contaminantes entre otros.
Estamos especializados en el análisis de plaguicidas y contaminantes, en matrices tales como hortalizas, frutas, productos exóticos,nueces y cereales, aceites o alimentos altos en grasas y aguas; consultenos sobre sus productos...
Legislación de Costa Rica
1/Pesticidas en alimentos
Los límites máximos de residuos (LMR) para CR se establecen mediante el Decreto N° 35301-MAG-MEIC-S RTCR 424-2008: Reglamento técnico de LMR de plaguicidas en vegetales:
- Artículo N° 1 inciso 5.1: Adóptense como oficiales los LMR establecidos por Codex Alimentarius, los cuales se aplicarán en primera instancia.
- Inciso 5.2 En los casos en que no existan LMR establecidos por Codex Alimentarius, se aplicarán los LMR establecidos por EPA y de la Unión Europea. Cuando los LMR establecidos por la EPA y la UE sean diferentes, se adoptará el de mayor valor nominal.
2/Metales pesados y contaminantes en Costa Rica
Leche cruda y Leche Higienizada http://www.mag.go.cr/legislacion/2007/de-33812.pdf
- Resolución N° 363-2015 (COMIECO-LXXI) del 23 de abril del 2015 y su anexo: "Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.71:14 Productos Lácteos. Cremas (Natas) y Cremas (Natas preparadas).
- Decreto 27964. Regulación del contenido máximo de aflatoxinas que debe contener el maní
- Decreto 27980. Fija nivel máximo de aflotoxinas en el maíz (Zea mays); el arroz (Oryza sativa); el frijol (Phaseolus vulgaris); el trigo (Triticum aestivum) y otros cereales, oleaginosas y leguminosas
Ver mas: Legislación sanitaria en Costa Rica
3/ Aguas
Agua potable:
El Ministerio de Salud en cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Salud, según el Capitulo I “Del agua para el uso y consumo humano y de los deberes y restricciones a que quedan sujetas las personas en la materia” y los artículos que lo conforman tiene la potestad de vigilar la calidad del agua que consume la población. Leer mas (https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/682-tramites/declarar-y-reportar/791-agua-potable-y-la-salud)
Fundamento legal
- Decreto N° 38924-S, “Reglamento para la Calidad del Agua Potable”.
- Decreto N° 37083-S, “Reglamento para la Calidad del Agua para Consumo Humano en Establecimientos de Salud”.
Agua residual:
El control de las aguas residuales está siendo cada vez más importante para evitar consecuencias medioambientales potenciales y las cada vez más frecuentes consecuencias legales:
Legislación de los EE.UU
Pesticidas
- LMR de pesticidas en la EE.UU: https://www.globalmrl.com/db#login
Contaminantes
- LMR de contaminantes en los EE.UU: https://www.fda.gov/Food/FoodborneIllnessContaminants/Metals/default.htm
Legislación Europea
Pesticidas
- LMR de pesticidas en la UE: Reglamento (CE) N°396/2005
- Resolución 2906 de 2007
- Principios activos: Reglamento (CE) N°1107/2009
- Más información: página web de DG Sanco y base de datos de pesticidas
Contaminantes
- Reglamento (CE) 1881/2006 y modificaciones posteriores
Métodos de análisis
Pesticidas
Micotoxinas
Metales pesados
Otros contaminantes
Ingredientes alimentarios
Aguas